El 6 de agosto de 2018, el Centro Latinoamericano de Derechos Humanos realizó una denuncia ante la Relatoría Especial de Naciones Unidas sobre las personas con discapacidad contra el Estado de México. El motivo de la denuncia es la prohibición en varias jurisdicciones del uso de efectivo para acceder a servicios de transporte privado por medio de aplicaciones móviles. Esto, en la práctica, afecta múltiples derechos de las personas con discapacidad como el derecho de acceso a la tecnología, a tener una vida autónoma, a contar con servicios accesibles, entre otros. La razón es que la prohibición de pago en efectivo afecta especialmente y de manera desproporcionada a este grupo vulnerable si consideramos los graves niveles de exclusión financiera que padecen.
La denuncia abogó por la inclusión de las personas con discapacidad al sistema financiero y por la igualdad de acceso a los distintos medios de transportes privados en México, haciendo valer sus derechos consagrados en diversas Convenciones Internacionales.
La presentación se realizó con fundamento en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que en su artículo 9 consagra la accesibilidad al transporte y a la tecnología como requisito esencial para el desarrollo pleno de las personas con discapacidad. Asimismo, en su artículo 21 establece la obligación de los Estados de adoptar medidas efectivas que permitan la movilidad personal de las personas con discapacidad, derechos afectados en el presente caso, entre otros derechos relacionados como el acceso a tratamientos médicos y la posibilidad de tener una vida plena e independiente.
Un problema actual
México se encuentra entre los países con mayor exclusión financiera en la región, afectando en la actualidad al 56% de la población general[1]. Si bien no hay datos precisos en México sobre cuánto afecta la exclusión financiera a grupos especialmente vulnerables, estudios comparados muestran que la exclusión financiera impacta en mayor medida en las personas con bajos niveles de ingreso o educación. Esto incluye especialmente a desempleados, madres solteras y personas con discapacidad[2].
La imposibilidad de acceder al sistema financiero implica, en los hechos, una discriminación contra la mayoría de las personas con discapacidad que, al no acceder al sistema bancario, no cuentan con tarjetas de crédito o débito y están confinadas al pago en efectivo para acceder a cualquier servicio.
Sin embargo, varias jurisdicciones de México han dictado regulaciones sobre los medios de transportes privados a través de nuevas tecnologías y aplicaciones móviles prohibiendo para ellas el cobro en efectivo. Entre los distintos Estados con este tipo de prohibición se encuentran la Ciudad de México, Puebla, Yucatán, Queretaro, Sonora, San Luis Potosí, Cohauila, Tijuana, Colima, Quintana Roo y Aguas Calientes.
Estas normativas no explican el motivo de esta prohibición, ni mucho menos analizan en qué forma estas disposiciones afectan desproporcionadamente a grupos especialmente vulnerables. Crean así una barrera para el acceso a medios de transporte que ofrecen servicios adaptados a las necesidades especiales de las personas con discapacidad, frente a una demanda de transporte privado no satisfecha por el servicio de taxis, que no presta un servicio accesible[3].
En alguno de los Estados mencionados no hay servicio de taxis accesibles, mientras que en otros el servicio es insuficiente. Por ejemplo, en Ciudad de México existen 336[4] taxis adaptados para personas con discapacidad, lo implica que se ha habilitado aproximadamente un taxi por cada 1250[5] personas discapacitadas. Un experimento realizado en Reforma[6], Ciudad de México, demostró que en la práctica una persona con alguna discapacidad puede llegar a esperar por un taxi adaptado hasta 2 horas.
Otra barrera de acceso al servicio de transporte privado por taxis, única alternativa para las personas con discapacidad excluidas del sistema financiero, es el costo del servicio de taxi, que es más oneroso que otros servicios equivalentes por medio de aplicaciones móviles. A pesar de existir políticas públicas que disponen rebajar o eliminar las tarifas en los transportes públicos para las personas con discapacidad, no existe ninguna política similar en el servicio de taxis.
Hacia una política de inclusión
Cuando el Estado no provee servicios esenciales, es natural que sean las personas privadas las que comiencen a suplir estas deficiencias, suministrando los distintos tipos de servicios que requiere la población.
En México, diferentes empresas de servicios de transporte privado por medio de aplicaciones móviles respondieron a esta demanda insatisfecha de las personas con discapacidad[7]. Estas empresas adaptaron su sistema a los requerimientos de las personas con discapacidad, mediante la incorporación de medidas como: (i) capacitaciones a los choferes para atender a distintas necesidades de las personas con discapacidad; (ii) sistemas de tiempo de espera razonable y monitoreado, además de seguimiento GPS durante todo el viaje; (iii) adaptaciones de los autos para hacerlos accesibles a personas con sillas de ruedas y otros instrumentos; (iv) aumento de las unidades disponibles de acuerdo a una medición exacta de la demanda; y (v) reducción del costo del servicio, con una tarifa más económica y de comisiones reducidas[8].
Conclusión
La situación que atraviesan las personas con discapacidad en México es sumamente grave porque diferentes Estados han regulado afectar su capacidad de acceder a medios de transporte privados accesibles, violando otros derechos relacionados con su calidad e independencia de vida y acceso a tratamientos médicos. No existe actualmente ningún estudio estadístico que mida con exactitud la exclusión financiera de las personas con discapacidad, que se estima muy superior al 56% que afecta a la población en general.
No debemos ser indiferentes ante esta situación. La exclusión social de las personas con discapacidad afecta a más del 7% de la población mexicana, que se encuentra afectada en sus derechos protegidos por las distintas Convenciones Internacionales de las que México es parte.
Es por esto que el CLADH insta a eliminar las barreras en el acceso a la tecnología, a no regular de manera restrictiva el acceso a los distintos servicios de transporte, abogando por una verdadera inclusión de las personas con discapacidad y asegurándoles, en última instancia, una plena e igual participación en la sociedad.
Fuentes
[1] Comisión Nacional Bancaria y de Valores de México, “Encuesta Nacional de Inclusión Financiera (ENIF) 2015”. Disponible en: https://www.cnbv.gob.mx/Inclusión/Documents/Encuesta%20Nacional%20de%20IF /Cuadr%C3%ADptico%202016%20(impresión%20carta).pdf
[2] Comisión Europea, “Financial Services Provision and Prevention of Financial Exclusion”, 2008, p. 30, disponible en https://www.bristol.ac.uk/medialibrary/sites/geography/migrated/documents/pfrc0807.pdf
[3] Ver denuncia de la Asociación “Derribando Muros”, disponible en nota periodística titulada “Niegan transporte a personas con discapacidad en Tehuacán”, 25 de abril de 2018, disponible en http://municipiospuebla.mx/nota/2018-04- 25/tehuac%C3%A1n/niegan-transporte-personas-con-discapacidad-en- tehuac%C3%A1n
Ver Denuncia presentada por Dismov, disponible en artículo periodístico titulado “Hasta 18 mil pesos mensuales puede costar el transporte para personas con discapacidad”, 9 de abril de 2018. Disponible en http://codigoqro.mx/2018/04/09/18-mil-pesos- mensuales-puede-costar-transporte-personas-discapacidad/
Declaraciones públicas realizadas por el Secretario General de la Asociación de Invidente y Débiles Visuales del Estado, disponible en nota periodística titulada “Piden unidades de transporte para discapacitados”, 5 de mayo de 2018. Disponible en https://sipse.com/novedades/chetumal-transporte-personas-discapacitadas- insuficiente-lugares-viajes-295054.html
Denuncia publicada en artículo periodístico titulado titulado “Carecen de transporte público para discapacitados. Disponible en https://sipse.com/novedades/piden- transporte-publico-para-discapacitados-en-chetumal-42800.html
[4] Datos del Instituto de Acceso a la Información Pública de Ciudad de México, INFOMEX. Disponible en http://www.infodf.org.mx/LTAIPRC-2016OT/Art133/Fr03/2016/A133Fr03_2016-T03_SIP-1668-P.pdf
[5] Esto dato surge de dividir el número de taxis disponibles, por el número de personas con discapacidad que viven en Ciudad de México, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía INGEI 2017.
[6] Ver información disponible en artículo periodístico titulado “Operan con fallas taxis preferentes”, disponible en https://www.reforma.com/aplicacioneslibre/articulo/default.aspx?id=941097&md5=e ce1c5b7e5bc531f4d2a9c53822eb503&ta=0dfdbac11765226904c16cb9ad1b2efe
[7] Por ejemplo, los socios conductores de UberASSIST, además de haber sido seleccionados entre aquellos con mejores calificaciones del público, han pasado por entrenamientos de accesibilidad, demostraciones sobre cómo plegar y desplegar sillas de ruedas y sobre cómo guiar a las personas con discapacidad visual otorgados por la CONADIS y el Teletón. Ver información disponbile en https://www.uber.com/es- MX/drive/resources/uber-assist/
Información brindanda por María Fernanda Reséndiz, gerente de Comunicación de Uber, disponible en https://www.elsoldepuebla.com.mx/local/lanza-uber-servicio- para-personas-con-discapacidad-en-puebla-1741796.html
También puede verse video explicativo de un minuto treinta segundos de duración, disponible en https://www.youtube.com/watch?v=-pMR3tVou7M y ver información disponible en https://inside.cabify.com/spain/cabify-access
[8] Uber reduce su comisión del 25% al 15% en estos servicios Según información brindanda por María Fernanda Reséndiz, gerente de Comunicación de Uber, disponible en https://www.elsoldepuebla.com.mx/local/lanza-uber-servicio- para-personas-con-discapacidad-en-puebla-1741796.html