Por Lucas Gómez y María Laura Farfán – Abogado y Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Colegio de Abogados y Procuradores de Mendoza. Abogada y Directoria Ejecutiva del Centro Latinoamericano de Derechos Humanos, respectivamente. Nota publicada por el Diario Los Andes de Mendoza el día 29 de agosto de 2013.

 

voto presos

A pocos días de haber tenido lugar las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (comúnmente conocidas como «PASO»), y a tan sólo dos meses de las elecciones de octubre, nada parece haber cambiado en la Provincia de Mendoza desde la última resolución de la Cámara Federal Electoral que, luego de un proceso iniciado por el Centro Latinoamericano de Derechos Humanos (CLADH), en 2011 dispuso garantizar el derecho al voto de los procesados no condenados, aun en ausencia de regulación local.Si bien en dicha oportunidad la Cámara hizo mención a la posibilidad de elegir únicamente al Gobernador y Vice de la Provincia, quedando relegada la posibilidad de elegir otras autoridades provinciales y municipales hasta el momento en que se dicte la correspondiente regulación, lo cierto es que no es la primera vez que una autoridad judicial expresamente reconoce el derecho de las personas privadas de la libertad, sin sentencia firme, a elegir sus autoridades mediante el sufragio.En efecto, en 2009, la Junta Electoral de Mendoza ya había reconocido el derecho de los detenidos no condenados en prisión preventiva a ejercer su derecho político al voto en otro caso iniciado por el CLADH, algo que, a su vez, ya había sido reconocido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el conocido caso Mignone.¿Qué motivos justifican entonces la persistente reticencia, por parte del Ejecutivo provincial, a cumplir con las reiteradas resoluciones judiciales?Pareciera difícil encontrar razones válidas que expliquen tal actitud. Más aún si se tiene en cuenta que la Provincia se encuentra bajo el escrutinio de los mecanismos de aplicación del Pacto de San José de Costa Rica, y que los establecimientos carcelarios de Mendoza han sido objeto de medidas provisionales ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.Las condiciones carcelarias siguen siendo un problema no resuelto. La sobrepoblación, el hacinamiento, las condiciones de vida indignas, y los actos de violencia que en ocasiones acompañan estas realidades, son sólo algunos ejemplos que se pueden mencionar. Esta realidad que sufren diariamente cientos de personas privadas de la libertad, vulnera numerosos derechos humanos. Sin embargo, más grave resultan aún estas violaciones, cuando quienes las sufren son personas que se encuentran detenidas pero sin condena firme.Los presos sin condena están amparados por el principio de inocencia y es por ello que no debiera privárseles de ningún derecho fundamental, menos aún de los derechos políticos.Conocido es el problema de inseguridad que enfrenta la provincia pero, ante este escenario -que debe ser resuelto de forma urgente-, lo peor que podemos hacer como sociedad es convertir las cárceles en un «depósito humano», lleno de personas a las cuales se les niega todo tipo de derechos.Las cárceles son para rehabilitación. Sabemos que no es fácil y a veces requerirá de un verdadero heroísmo, pero como sociedad debemos propiciar una cultura del encuentro, incluso con aquellos que han violado las leyes, con aquellos que han hecho daños profundos e insanables a otros seres humanos.Nuestro grado de humanidad se mide, precisamente, según el respeto con que tratamos a aquellos que tal vez no nos han respetado. Más aún, si se trata de personas a quienes aún no se los ha condenado por delito alguno.
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