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> Por Catalina Company Barceló

Según la CEPAL y UNICEF-TACRO, en América Latina y el Caribe alrededor del 45% de la población menor de 18 años vive en situación de pobreza, lo que afecta a casi 81 millones de niños, niñas y adolescentes.

¿Cómo salir de esta situación trágica?

De partida, es necesario superar el concepto clásico de pobreza entendido cómo una falta de ingresos y enfocarlo desde la visión de violaciones de derechos. En el año 2003, UNICEF, la Universidad de Bristol y la London School of Economics realizaron una investigación para medir la pobreza infantil cambiando el paradigma monetarista imperante y definiendo la pobreza infantil como la privación de los derechos a la salud, la educación, la información, una nutrición adecuada, el agua y el saneamiento y la vivienda. El estudio reveló que el 56% de los niños de países con bajo y mediano ingreso padecen de una o más privaciones graves.

POBREZA: Privación de los derechos a la salud, la educación, la información, una nutrición adecuada, el agua, el saneamiento y la vivienda.

El American Enterprise Institute y la Brookings Institution publicaron en 2015 un plan de acción contra la pobreza infantil y para elaborarlo conformaron un grupo de trabajo con representantes políticos, tanto conservadores como progresistas. La conclusión a la que llegaron se basó en numerosas evidencias empíricas que muestran que la estabilidad familiar, la educación y el trabajo conforman un triángulo que se retroalimenta, es decir, cada uno de estos factores es causa y efecto de los demás y, en su conjunto, contribuyen a que los niños puedan salir de la pobreza.

¿Qué tienen que ver los derechos humanos en esto?

La educación, la familia y el trabajo son bienes fundamentales protegidos por las declaraciones de derechos humanos, tomemos por ejemplo el Protocolo de San Salvador:

  • Art.6º:  Consagra el derecho al trabajo , desarrollándolo en el
  • Art.7º:  Establece obligaciones positivas de los Estados parte, en especial, la capacitación de los trabajadores, la estabilidad laboral y asegurar una remuneración suficiente.
  • Art.13º: Contiene el derecho a la educación, aunque no incluye la primera infancia, etapa que se evidencia cada vez más necesaria.
  • Art.15º: La protección de la familia, estableciendo expresamente que los Estados parte se comprometen a ejecutar programas especiales de formación familiar a fin de contribuir a la creación de un ambiente estable y positivo.

En el Centro Latinoamericano de Derechos Humanos (CLADH) estamos convencidos que la pobreza es generadora de múltiples violaciones a los derechos humanos, y por eso estamos trabajando en la elaboración e implementación de proyectos que ayuden a su superación.

¿Qué medidas crees que hacen falta para erradicar la pobreza?

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